Información General

Aquí puedes consultar las tarifas de la Escuela de Música de Sarriguren y la Norma Reguladora de la matriculación, ¡contacta sin compromiso para cualquier consulta!

Súper importante: tenemos las mismas tarifas para empadronados y no empadronados en el Valle de Egüés

Nuevo Alumnado del Ciclo I (2020-2017) – 50€.

Nuevo Alumnado del Ciclo II, III y IV – 100€.

El pago de la matrícula se puede realizar mediante transferencia en la cuenta 3008/0232/56/2924356120.

Norma Reguladora de precios y prioridades de inscripción y matriculación en los cursos ofertados en la Escuela de Música de Sarriguren.

Artículo 1
La cuota de inscripción o Matrícula deberá satisfacerse previamente a la formalización de ésta dentro del plazo de matriculación. El pago deberá realizarse en efectivo o mediante tarjeta bancaria en el momento de hacer dicha matrícula. Sólo procederá la devolución de la Matrícula cuando el curso sea cancelado por la Escuela de Música de Sarriguren, o cuando el alumnado solicitante no haya obtenido plaza en las especialidades ofertadas.

Artículo 2
El alumnado que sea admitido en la Escuela una vez comenzado el curso, abonará la matrícula completa, y las tarifas por enseñanzas proporcionalmente al número de meses que resten de curso, incluido el mes en que se formalice la inscripción.

Artículo 3
Las cuotas del curso señaladas en las tarifas, por las enseñanzas o sesiones impartidas, se cobrarán en tres cuotas iguales: la primera cuota en el mes de septiembre; la segunda en el mes de diciembre; y la tercera en el mes de marzo. A estos efectos, el pago de los recibos será domiciliado en la cuenta bancaria que las personas matriculadas deberán señalar al formalizar la matrícula.

Artículo 4
Si el recibo de una cuota es devuelto por un problema del particular, al girar de nuevo dicha cuota, el particular asumirá también los gastos de la primera devolución.

Artículo 5
El alumnado ya matriculado que voluntariamente desee causar baja en la Escuela deberá solicitarlo por escrito, no admitiéndose las solicitudes verbales. Las bajas que se produzcan surtirán los efectos siguientes:
En ningún caso será devuelto el importe satisfecho por la Matrícula. Si la solicitud de baja se produce antes del 15 de septiembre, la Escuela de Música de Sarriguren no cobrará ninguna cuota de los plazos descritos en el artículo 3.
Si la solicitud de baja se produce entre el 15 de septiembre y antes del 15 de diciembre, la Escuela de Música de Sarriguren sólo cobrará la primera cuota de las descritas en el artículo 3.
Si la solicitud de baja se produce entre el 15 de diciembre y antes del 1 del marzo, la Escuela de Música de Sarriguren cobrará la primera y la segunda de las descritas en el artículo 3.
Si la solicitud de baja se produce con posterioridad al 1 de marzo, la Escuela de Música de Sarriguren cobrará las tres cuotas descritas en el artículo 3.

Artículo 6
A la hora de escoger grupo para las asignaturas de teoría, tendrán preferencia los alumnos que estén ya matriculados en la Escuela y entre ellos, además por orden de matriculación.

Artículo 7
A la hora de escoger las plazas de instrumento, tendrán prioridad los alumnos matriculados en la Escuela de Música de Sarriguren. Entre ellos, la nota obtenida en 4º del Ciclo I marcará dicho orden. Entre el resto, el orden en la matriculación determinará las preferencias.

A la hora de obtener plaza o de escoger grupo, horario o instrumento, tendrán preferencia los alumnos ya matriculados en la Escuela de Música de Sarriguren frente al alumnado nuevo. Además, se tendrá en cuenta el orden de la matriculación.

COMIENZO DE LOS ESTUDIOS MUSICALES:
Según lo señalado, el alumnado podrá comenzar sus estudios musicales a cualquier edad, pero contemplando lo siguiente:

Comienzo con 3, 4, 5 o 6 años:
El alumnado se incorporará respectivamente a 1º, 2º, 3º ó 4º del Ciclo I, ya que a estas edades el condicionamiento evolutivo es decisivo, no siendo viable p.ej. que un alumno de 5 años esté en el mismo grupo que otro de 3 ó de 4, etc.

Comienzo con 7 años:
El alumnado se incorporará directamente al 1er curso de Ciclo II, independientemente de sus conocimientos musicales previos.

Comienzo con 8 años o más:
El alumnado que ya cuenta con conocimintos musicales comenzará realizando unas pruebas de nivel, y dependiendo de ese nivel y su evolución será encuadrado posteriormente en el Ciclo y curso más conveniente. Aquellos alumnos que destacasen especialmente podrían incorporarse directamente a 3º, 4º ó 5 de Nivel II, a criterio del profesorado, y con el visto bueno del equipo directivo y del claustro. Aquí entrarían a su vez los alumnos que comienzan en edades adultas.